Colombia: Comisión de expertos propone 104 cambios a la educación médica

Miércoles, 12/04/2017
El informe le fue entregado a Minsalud y Mineducación para dar un vuelco a la educación de los médicos en pregrado y posgrado.
El Espectador

Después de varios años de crisis y debates en torno a la educación médica en Colombia, entre ellos las quejas por falta de especialistas en ciertas áreas o los falsos cirujanos plásticos que pululan en el país, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación convocaron una comisión de expertos para que analizara la situación e hiciera recomendaciones para proyectar la educación médica.

El informe, que ya está en manos de ambos Ministerios, se elaboró entre el 5 de agosto de 2016 y el 24 de febrero de 2017. En total incluye 103 recomendaciones. La Comisión para la Transformación de la Educación Médica en Colombia la conformaron 13 personas entre representantes del Gobierno, los gremios médicos, representantes de hospitales y EPS así como un estudiante de posgrado y una secretaria de salud.

“Las recomendaciones de la Comisión han sido diseñadas para ser intrepretadas e implementadas como un todo, aunque podrán ser implementadas a motu proprio por las facultades de medicina en lo que les sea pertinente”, anotaron los comisionados.

Estas son las 104 recomendaciones con las que se aspira a dar un vuelco en la educación de los médicos en Colombia, tanto a nivel de pregrado como posgrado:

1. Crear el Consejo General de Educación Médica: debe articular los ministerios de Salud y Educación, con representación del Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Educación Nacional, Ascofame, la Red de Hospitales Universitarios, la Academia Nacional de Medicina, la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, la Asociación Colombiana de Estudiantes de Medicina y la Asociación Nacional de Internos y Residentes.

2. El Consejo General de Educación Médica definiría criterios mínimos de ingreso para estudiar medicina y el perfil de egreso; estándares para la educación médica de pregrado; estándares para el año de internado; definición del conocimiento y las competencias que el estudiante de posgrado debe demostrar para certificarse como especialista; la aprobación del currículo y la pertenencia de cada programa de residencia médico-quirúrgica, y el monitoreo permanente, por diferentes métodos, para que esos estándares se cumplan; la normatividad, el control y el seguimiento a la oferta para la certificación y la recertificación.

3. Optimizar los criterios de registro calificado y de la verificación de su cumplimiento, y otorgarlo por una sola vez y hasta por siete años (para programas nuevos), y volver la acreditación de calidad de manera obligatoria (para programas ya existentes), con condiciones de evaluación específicas y con instrumentos, tanto de registro calificado como de acreditación, propios para medicina.

4. Formación médica: Que los profesionales de la salud sean capaces de generar conocimiento y transferirlo, tengan razonamiento crítico para la toma de decisiones asertivas, y presten servicios de salud basados en valores y principios éticos, pensando siempre en el mejor interés del paciente y de la comunidad, trabajando permanentemente en equipos eficientes, con pensamiento global y actuación local.

5. Formación médica: Que la formación del médico en Colombia conlleve a un ejercicio íntegro y profesional, con capacidades resolutivas e interdisciplinarias en los niveles de atención donde se requiera.

6.  Procurar un currículo renovado, en el cual se logren las capacidades generales y específicas necesarias; pedagógicamente basado en la consecución de competencias que fomenten el razonamiento crítico, analítico, reflexivo, ético, humanístico y humanitario. Las estrategias didácticas deben lograr el propósito formativo a través de los aprendizajes activos.

7. Educación médica con al menos tres trayectorias de formación: a) en clínica, altamente resolutiva en escenarios de diferente complejidad. b) en salud pública y comunitaria, con énfasis en atención primaria renovada. c) en investigación científica, la cual facilite la formación de una masa crítica de investigadores en las ciencias biomédicas y sociales relacionadas con los problemas de salud.

8. Introducir reformas curriculares e institucionales, guiadas por los siguientes dos resultados: a) un aprendizaje transformacional, además de los informativos (conocimientos y habilidades), y de los formativos (profesionalismo), que se aleje de la memorización y se oriente al análisis y la síntesis, para alcanzar capacidad de decisión adecuada y contextualizada; y b) la interdependencia educativa, a través de quienes tienen la función formadora, armonizada con el sistema de salud, y relacionada entre flujos globales para enfrentar prioridades locales. Además, deben realizarse reformas institucionales para expandir los centros académicos y convertirlos en sistemas que incluyan redes de hospitales y unidades de atención médica primaria; enlazarse dentro de redes globales, alianzas y consorcios (internacionalización), con el propósito de producir verdaderos generadores de cambio.

9. Que el sistema de salud ofrezca las condiciones para ejercer las capacidades resolutivas.

10. Convertir el servicio social obligatorio en voluntario con incentivos y acompañamiento (facilidades de acceso a los posgrados y apoyo desde los Centros Reguladores de Urgencias), para cubrir las necesidades de salud en las regiones más necesitadas.

11. Regular la proliferación de escuelas de medicina.

12. Implementar unos criterios de ingreso para estudiar medicina que, como parte de la autonomía relativa de la educación médica y que tengan en cuenta el componente vocacional, las aptitudes de liderazgo, las competencias cognitivo-lingüísticas (saber leer y escribir) y de pensamiento lógico (matemático).

13. Crear un sistema de becas para estudiar medicina que garantice equidad al ingreso de estudiantes de excelente formación secundaria y condiciones de liderazgo sin posibilidades económicas de hacerlo y con vocación, la cual debe tener un seguimiento y una evaluación.

14. Crear un core currículo con contenidos básicos necesarios para formar un perfil de egreso según lo expuesto anteriormente —dominios básicos, competencias mínimas, perfil unificado—.

15. Realizar ajustes curriculares que, como parte de la autonomía relativa de la educación médica, recaigan en quienes tienen la función formadora a través del CGEM.

16. Currículo de medicina basado  en resultados de aprendizaje (competencias) y, en consecuencia, sea evaluado por competencias, con aprendizajes individualizados y en espiral; además, debe contemplar opciones de salida (coterminales), con cursos electivos y selectivos que brinden flexibilidad y permitan el desarrollo de habilidades variadas.

17. Que el currículo conjugue los aprendizajes en el aula con la experiencia clínica y comunitaria temprana e integre las ciencias básicas/biomé- dicas con las clínicas, las sociohumanísticas y las de salud de poblaciones de manera que los estudiantes entiendan todos los aspectos inherentes al proceso salud-enfermedad del paciente, no solo lo biológico. El rol del médico debe ser multivariado y, por tanto, el estudiante debe exponerse a esos diferentes roles, tales como el de educador, investigador, gestor del riesgo, entre otros, de manera transdisciplinar, trabajando en equipos eficientes multidisciplinares.

18. Que el currículo se base en la enseñanza para la comprensión (no memorístico), de manera contextualizada porque los datos sueltos no sirven para nada. Esto se logra, entre otras, a través del aprendizaje basado en problemas, la forma más efectiva de cultivar aprendizajes transformativos, es decir, aquellos que producen reales agentes de cambio, y favorecen la investigación y la innovación. Además, este tipo de aprendizaje provee una mejor forma de prestar servicios de salud de buena calidad. La salud de poblaciones es básica para entender el sistema de salud y sus necesidades, y para ejercer con los más altos estándares de seguridad. Es esencial basar los aprendizajes en ambientes comunitarios más allá de la exposición al ambiente hospitalario que no es el único ni el fundamental en la actualidad.

19. Promover la educación basada en valores, permear el currículo oculto para que la realidad de la enseñanza clínica no esté fragmentada del discurso formativo en el aula. El profesionalismo es esencial en la formación del médico. Se requiere, además, el acompañamiento permanente a través de los programas de mentoría que permitan a los profesores ejercer el rol modelador del consejero. El aprendizaje colaborativo permite adquirir destrezas para el trabajo en equipo.

20. Crear un currículo que incluya: Un primer año de fundamentos científicos de la medicina y un año final, anterior al internado, de concentración o profundización y una experiencia clínica y comunitaria temprana a través de la atención primaria renovada. Además, el año de internado debe ocurrir después del grado de médico (grado que se debe otorgar sin registro o con un registro no habilitante), para que haga parte de la formación posgradual, dentro de la matriculación del pregrado, de manera que se favorezca el incremento de las competencias necesarias para una mayor capacidad resolutiva del médico, todo esto dentro de un registro médico limitado con supervisión, al cabo del cual se obtendrá el registro médico pleno.

21. Una estrategia educativa fundamentada en los aprendizajes activos que favorezcan la comprensión y no la memorización, que se base en competencias y con evaluación de competencias.

22.Definir un perfil mínimo de egreso nacional.

23. Al final del año de internado, y para obtener la licencia médica plena, se realice un examen de Estado que corrobore que se ha cumplido con el perfil de egreso y con las competencias propias diseñadas por el CGEM para asegurar la capacidad resolutiva del médico general (hospitalarias y comunitarias), antes de obtener la licencia médica plena.

24. Crear un sistema mínimo de competencias específicas y de procedimientos que deban aprenderse durante el año de internado.

25. Un currículo que tenga opciones de salida (flexibilización), las cuales incluyan: la medicina familiar, las especializaciones, en general, no solo las médico-quirúrgicas, el progreso hacía el estudio de maestrías y doctorados, y el servicio social voluntario.

26.Crear un sistema para que el servicio social voluntario habilite a quienes lo hagan para tener un ingreso preferencial al sistema nacional de residencias médicas.

27.Crear el Sistema Nacional de Residencias Médicas y un Examen Nacional

28. Que el registro calificado evalúe la capacidad para contar con escenarios de práctica en red y no solo con un hospital universitario. Además, dada la amplitud del concepto de salud, los escenarios de aprendizaje no deben estar limitados a escenarios clínicos; es necesario considerar escenarios de simulación, educativos, laborales, administrativos, entre otros.

29. Que todo hospital universitario tenga una universidad tutelar para los procesos académicos y de investigación.

30. Aplicar y reglamentar todo lo referente a los gerentes y hospitales universitarios dispuesto en la Ley 1797 de julio de 20160.

31. Prohibir la contraprestación económica en los convenios docencia-servicio.

32.Implementar un examen nacional de certificación de competencias centradas en el paciente, el cual evalúe las habilidades para aplicar el conocimiento en una atención en salud segura y eficiente que, como parte de la autonomía relativa de la educación médica, recaiga en quienes tienen la función formadora (RI).

33.Crear la Sala de Posgrados dentro del Consejo General de Educación Médica (CGEM), y devolver la capacidad autorregulatoria, como la que tuvo el Consejo General de Especialidades Médicas (Ascofame), a la Sala de Posgrados del CGEM.

34. Crear o ajustar una base de datos basada en la evidencia y en las proyecciones del Modelo MIAS que soporte la toma de decisiones sobre recursos humanos en salud.

35.Crear un Observatorio de la Educación Médica que establezca y ajuste el número y tipo de especialistas necesarios para determinar el número de plazas requeridas en los programas de posgrado, de forma tal que se puedan suplir las necesidades de la sociedad.

36.Ajustar continuamente los recursos y programas de residencia médico-quirúrgica para responder a las necesidades locales, regionales y nacionales.

37.Integrar los posgrados nacionales al ámbito internacional.

38.Notificar permanentemente a los graduados de medicina sobre las necesidades del país para que se alineen mejor con las necesidades del mismo.

39.Que todos los residentes de especialidades médico-quirúrgicas roten por diferentes escenarios de práctica, no solo el hospitalario de alta complejidad. De esta manera, se busca que conozca el sistema de salud y las necesidades individuales y colectivas de la sociedad de manera holística. Es importante exponerlos a diferentes modelos y niveles de atención (RC).

40. Que en la formación de especialistas se haga en énfasis en el desarrollo de competencias intelectuales y habilidades clínicas, a las cuales deben agregarse las relacionadas con aspectos financieros y de estructura de los sistemas de salud, elementos de salud pública en cada especialidad y componentes de trabajo interdisciplinario.

41.Exponer a los residentes a las necesidades de la población vulnerable y necesitada para desarrollar en ellos el entendimiento de que esta es una sociedad variada, con diferentes necesidades de bienestar individual y colectivo.

42. Desarrollar una planeación de carrera y apoyo a los residentes a través de modelos tales como la consejería por el mentor (mentoría).

43. Que el aprendizaje se desarrolle en ambientes colaborativos y de apoyo, centrados en el paciente y basados en el principio de proveer la atención en salud de más alta calidad. Así se espera que la enseñanza por competencias se desarrolle plenamente.

44. Desarrollar en los residentes, además de los aprendizajes informativos propios de este nivel de educación, los formativos y transformativos necesarios para llevar a cabo una práctica colaborativa entre diferentes niveles de atención, fundamentada en valores y principios, en la interprofesionalidad y en el trabajo en equipo, de manera que se satisfagan las necesidades del paciente como centro de la atención.

45. Estructurar los posgrados con base en un proceso de escalonamiento gradual de profundización, además de propiciar el componente investigativo. Lo anterior responde a la necesidad de producir conocimiento correspondiente con el nivel más alto de formación médica en Colombia, equiparable a maestría en otras áreas del conocimiento.

46. Que los programas de posgrado dispongan de una Red de Atención en Salud Universitaria acreditada en calidad y como hospital universitario.

47.Investigar durante la residencia. Sin embargo, esta no debería ser un factor de estrés o de fatiga adicional para el residente, por lo cual debería estar muy bien estructurada durante el desarrollo del programa (RC). 48. Mirar los efectos positivos y negativos del currículo oculto, entre otras cosas la exposición de los residentes a condiciones laborales con la necesidad de pagarles por los servicios que prestan.

48. Mirar los efectos positivos y negativos del currículo oculto, entre otras cosas la exposición de los residentes a condiciones laborales con la necesidad de pagarles por los servicios que prestan.

49. Implementar la Ley 1438 de 2011, la cual estableció el pago a los residentes, situación que no se ha reglamentado en el país.

50. Establecer un sistema de pago al residente. Los residentes son profesionales en entrenamiento; en consecuencia, se debe ajustar el actual modelo de estudiante en la formación de especialidades y pasar al de médico en residencia existente en otros países.

51. Crear un fondo de financiación para el pago salarial desde los ministerios de Salud y Protección Social y de Educación Nacional, toda vez que se está formando recurso humano para la protección de un derecho fundamental como la salud. Además de esta fuente de pago, es importante recordar la posibilidad de cobro al Sistema General de Seguridad Social de las actividades asistenciales realizadas en el marco de la delegación de funciones.

52. Implementar un Estatuto del Residente Médico-Quirúrgico en el cual se contemplen todos sus deberes y derechos relacionados con este punto en relación con pago de matrícula, pago laboral, horarios de trabajo, entre otros.

53. Que el currículo favorezca espacios para el desarrollo de habilidades de trabajo en equipos interdisciplinarios, la comunicación efectiva, el liderazgo, los valores y principios, la autorregulación, el manejo de la incertidumbre, el razonamiento crítico y la resolución de conflictos, todos ellos enmarcados dentro de los aprendizajes transformativos.

54. Asegurar que todos los residentes se expongan y desarrollen, a través de su participación en equipos directivos hospitalarios y comunitarios, habilidades administrativas, clínicas, educacionales y científicas que promuevan el liderazgo en dichas áreas.

 55. Exponer a los residentes a toma de decisiones basadas en hechos y datos, y al conocimiento de las particularidades del sistema de salud para que, asumiendo el rol que le corresponde, sean capaces de trabajar con resultados eficientes, eficaces y efectivos en el mejor interés del paciente y de la sociedad.

 56. Que los estándares de acreditación se alineen a lo largo del continuum de pregrado, posgrado y educación continuada para favorecer la responsabilidad social y lograr las metas de salud de los colombianos.

57. Modificar el sistema de acreditación de posgrados, con base en las recomendaciones de quienes tienen la potestad formadora, en concordancia con los cambios propuestos por esta Comisión para la Transformación de la Educación Médica, los cuales deben ejecutarse de acuerdo con los lineamientos del propuesto por CGEM.

58. Revisar y documentar los lineamientos de acreditación internacional, de manera que las facultades que pretendan y consideren que cumplen con estos, en virtud de las exigencias internacionales de intercambio y otras que llegaran a exigir. puedan optar a este reconocimiento.

59. Desarrollar, implementar y evaluar un currículo para posgrados basado en competencias y centrado en el estudiante, contemplando las necesidades de los residentes y de la atención en salud.

60. Que la Sala de Posgrados del CGEM elabore un listado de competencias basadas en la evidencia para desarrollar un modelo que conduzca a un entrenamiento en las especialidades médico-quirúrgicas que conlleve a una práctica eficiente y eficaz.

61. Evitar la proliferación de posgrados basados en técnicas o procedimientos; aplicar con rigurosidad los lineamientos para otorgamiento de registros calificados.

62. Que la convalidación de títulos y la homologación de cursos, créditos o materias, se base en la equivalencia de créditos y en una detallada revisión cualitativa y cuantitativa de las actividades clínicas o quirúrgicas que realizaron en el país de origen, además se debe contemplar un período de observación en instituciones universitarias de nuestro país.

 63. Que el currículo en especialidades médico-quirúrgicas tenga una delegación progresiva de responsabilidades que permita una transición entre el pregrado, el posgrado, la práctica y, cuando sea requerido, entre el posgrado, las maestrías y los doctorados.

64. Estudiar la posibilidad de integrar los posgrados clínicos a los posgrados universitarios, correspondientes a las actuales opciones de salida. Otra alternativa sería vincular al médico en formación de posgrado a la estructura de maestría y doctorado a través de procesos de homologación.

65. Como la Ley 100 de 1993 artículo 247 establece que las especializaciones médico-quirúrgicas que ofrezcan instituciones universitarias y universidades, tendrán un tratamiento equivalente a los programas de maestría, previa reglamentación del Consejo de Educación Superior, establecer dicha reglamentación y contemplar la posibilidad de homologar la primera especialidad a maestrías y la segunda a doctorado, aumentando el componente de investigación en las especialidades.

 66. Que la capacidad resolutiva se vaya adquiriendo por un proceso de delegación de competencias, planeado y estructurado por la universidad, y aplicado en el sitio asistencial por los tutores.

67. Mejorar el acceso a las especializaciones (o subespecialidades), para lo cual es necesario realizar correctivos estructurales en el sistema de salud, mejorar la calidad y el equipamiento de los hospitales, tener acceso a bases de datos y bibliotecas, aumentar el número de docentes, capacitar a los especialistas clínicos en aspectos pedagógicos y mejorar las condiciones de trabajo de los docentes clínicos.

68. Establecer, por parte del CGEM, un Examen Nacional de Ingreso a Residencias Médicas (ENIR).

69. Revisar y determinar por parte del CGEM las características de los programas y su contenido que incluya las competencias y habilidades a desarrollar en razón de cada especialidad. (RI)

70. Revisar y determinar, por parte del CGEM, la pertinencia de los programas de especialización médico-quirúrgica.

71. Reorganizar las denominaciones de las especialidades, haciendo las respectivas homologaciones de los perfiles profesionales de egreso, a través de la Sala de Posgrados del CGEM.

72. Revisar, a través de la Sala de Posgrados del CGEM, tanto las competencias de ingreso como de egreso, repensar los tiempos y las estrategias pedagógicas (modelos de tres años más uno o dos con énfasis o profundizaciones específicos.

73. Revisar, a través de la Sala de Posgrados del CGEM, la taxonomía, la denominación, el número de créditos necesarios, las competencias suficientes, los escenarios de práctica y el volumen de pacientes atendidos. Las segundas especialidades deben ser categorizadas e identificadas con claridad.

 74. Incentivar la capacidad resolutiva del médico general sin detrimento de que haya otras especialidades que le otorguen esa capacidad en el posgrado, como bien podría ser la medicina familiar o la de un generalista.

75. Que, si bien el posgrado clínico tiene un objetivo profesionalizante, no debe ser este el único, debe ser integral, tener competencias críticas, analíticas y reflexivas, lo cual solo se logra incorporando procesos investigativos en los posgrados, toda vez que la investigación como proceso formativo contribuye a este propósito.

76. Debe haber un Currículo Mínimo Genérico Nacional (CMGN).

77. Desarrollar una estrategia nacional para el programa de Desarrollo Profesional Permanente (DPP), que sea accesible, comprensible y de apoyo a las actividades de la docencia clínica; que incluya nuevas formas de enseñar, evaluar servir en el rol de modelo o liderazgo con el ejemplo de los profesores.

78. Estimular el reconocimiento y la promoción de los docentes clínicos.

79. Identificar los incentivos necesarios para estimular el desarrollo de los docentes clínicos con base en su productividad docente e investigativa (académica).

80. Desarrollar un programa de evaluación docente por parte de los residentes que sirva de retroalimentación para el mejoramiento continuo de los profesores.

81. Reconocer el valor del residente como médico asistencial y docente.

 82. Prohibir el cobro de contraprestación de la matrícula de residentes por parte de los convenios docencia-servicio.

83. Que los hospitales universitarios no puedan titular profesionales de salud.

84. Crear un fondo de financiación de los hospitales universitarios para incentivar la apertura de nuevos cupos para docencia-asistencia en especialización.

85. Proveer a los residentes retroalimentación efectiva sobre sus desempeños individuales y colectivos, identificando fortalezas y debilidades de su entrenamiento.

86. Tener una amplia gama de formas de evaluación que puedan ser utilizadas en diferentes momentos del entrenamiento.

87. Realizar evaluaciones acumulativas que evidencien el desempeño del momento a evaluar.

88. Implementar un sistema de remediación para cuando el residente no alcance la competencia de manera que se aseguren los aprendizajes.

89. Buscar la acreditación internacional de los programas de posgrado.

90. Constituir la Sala de Desarrollo Profesional Permanente (DPP) dentro del CGEM con funciones de construcción de estándares de calidad, evaluación y certificación del DPP.

 91. Adoptar la recertificación como el modelo de aseguramiento de calidad e idoneidad del ejercicio de la medicina en sus distintos niveles de formación; debe ser obligatorio y periódico (cada 5 años), basado en el programa de DPP.

92. Crear, por parte del Estado, la política de DPP para que esta pueda ser desarrollada del CGEM.

93. Que el Estado garantice la actualización y el mejoramiento continuo de los médicos generales y especialistas, por tratarse de los profesionales que van a materializar, con sus decisiones, un derecho fundamental, autónomo, y son los ejes de la prescripción, partícipes de la gestión del riesgo.

94. Que en el marco contractual se determine un porcentaje de tiempo por año para actividades de DPP.

95. Que los programas de DPP contractual estén vinculados con las actividades profesionales del médico general o especialista y, preferiblemente, para suplir necesidades asistenciales o deficiencias en competencias del médico.

96. Que los programas de DPP se basen en competencias profesionales.

97. Apoyo a módulos tecnológicos virtuales: e-learning, lifelong learning, tercer espacio virtual, grupos de apoyo de especialistas, páginas web grupales, entre otros.

98. Crear un fondo estatal para la financiación del DPP que aporte a las necesidades en salud (APS).

 99. Que se generen recursos para la DPP sin contraprestación, derivados de la responsabilidad social empresarial.

100. Que el DPP adopte la educación y la evaluación basada en competencias como mecanismo de aproximación al mejoramiento continuo, con todas sus metodologías: educación basada en el estudiante, aprendizaje basado en problemas, sistemas flexibles de aprendizaje, andragogía, lifelong learning.

101. Se recomienda modificar la resolución 3409 de 2012 que define la documentación para efectos del reconocimiento de las IPS como hospitales universitarios, de manera que se exija, con un periodo de transición de máximo dos años, que para ser reconocidos como tal

102. Reglamentar el artículo 18 de la Ley 1797 de 2016 en relación con los estímulos adicionales relacionados con la flexibilidad de contratación con horarios concurrentes, la prioridad en los pagos de giro directo, entre otros que deben ser concertados con la Red de Hospitales Universitarios y los hospitales reconocidos como universitarios.

103. Desligar la financiación del hospital público del carácter de universitario y como requisito mínimo para ser escenario de práctica de una universidad o de un programa acreditado

104. Crear la categoría de Centro Médico Académico (CMA) con los requisitos de organización y estructura que permitan logar los alcances de la definición, además de los requisitos pertinentes de hospital universitario.

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