Chile: Avanza proyecto para eximir de Eunacom a médicos especializados en el exterior

Miércoles, 16/11/2016

La idea es desburocratizar el trámite del examen tanto para los facultativos nacionales como para los profesionales extranjeros que quieran trabajar en el sistema público de salud.

La Nación. La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto que permite eximir de la rendición del Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom), a los profesionales chilenos que hayan cursado su especialidad en otro país o a los médicos especialistas extranjeros que quieran trabajar en el sistema público de salud de Chile, siempre que cuenten con la debida certificación que acredite su condición.

Si bien la propuesta legal se inició en dos mociones refundidas, la votación se desarrolló sobre la base de una indicación sustitutiva del Ejecutivo que consideró dos artículos: uno de carácter permanente y otro transitorio.

El primero de estos, aprobado por 7 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones, establece que el Eunacom no será exigible a médicos cirujanos que hayan obtenido la certificación de su respectiva especialidad o subespecialidad conforme a los requerimientos legales y reglamentarios de Chile.

Asimismo, se indica que las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud podrán acreditar la especialidad o subespecialidad de quienes hayan obtenido el título profesional de médico cirujano en el extranjero, que no se encuentren habilitados para ejercer su profesión en Chile y que no cuenten con dicho examen.

Luego, establece que los médicos que se encuentren en la citada situación y obtengan la certificación de su especialidad o subespecialidad tampoco les será exigible el examen.

Con todo, acota el artículo permanente, "el ejercicio de su profesión quedará limitado a la especialidad o subespecialidad que fuera certificada y solo para el sector público".

Por su parte, el artículo aprobado por 7 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones, establece que los médicos cirujanos que a la fecha de publicación de esta ley se encuentren en alguna de las situaciones ya señaladas y que hayan obtenido una especialidad o subespecialidad en el extranjero, tendrán el plazo de seis meses para presentar su solicitud de certificación a alguna de las entidades certificadoras autorizadas por el Ministerio de Salud.

Dichos profesionales mantendrán sus vínculos de trabajo con el sector público, con posterioridad al 14 de febrero de 2017 y hasta no constar el rechazo de sus solicitudes de certificación.

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