México podría incluir los cuidados paliativos en la constitución
Los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades terminales, limitantes o amenazantes a la vida y la utilización de medicamentos controlados serán incorporados en la Constitución como parte del derecho a la salud.
Se espera que la Cámara de Senadores aprobará durante el siguiente periodo de sesiones extraordinarias, previsto a partir del próximo día 18, la adición del Artículo 4 constitucional.
“Toda persona tiene derecho a la protección de su salud en condiciones de dignidad. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, incluyendo los cuidados paliativos multidisciplinarios ante enfermedades en situación terminal, limitantes o amenazantes a la vida, así como la utilización de los medicamentos controlados”, cita la nueva redacción del párrafo cuarto de dicho artículo.
El dictamen aprobado por las comisiones de Puntos Constitucionales, Derechos Humanos y de Estudios Legislativos Segunda, a propuesta de Miguel Ángel Mancera Espinosa (PRD), refiere que la muerte digna a través de los cuidados paliativos comprende tratamientos multidisciplinarios con medidas de prevención en síntomas, distintas aplicaciones de las ramas científicas de la medicina con el objeto de resolver los problemas emocionales, sociales, psicosociales, prácticos y espirituales del paciente, asegurándole hasta el último momento una mejor calidad de vida.
De acuerdo con la Guía de Manejo Integral de Cuidados Paliativos del 2018, del Consejo de Salubridad General del gobierno federal, en México se registraron, en el 2015, 655.000 defunciones, de las cuales 13% —unas 85.150— fueron causadas por cáncer.
“La mayor parte de las neoplasias son diagnosticadas en etapa avanzada, lo que se traduce en pocas posibilidades de curación, diagnósticos y tratamientos de alto costo y un mayor sufrimiento para los pacientes y sus familias.
“También, la mayoría de las personas que necesitan los cuidados paliativos presentan padecimientos crónicos tales como: enfermedades cardiovasculares (38,5%), cáncer (34 %), enfermedades respiratorias crónicas (10,3%), sida (5,7%) y diabetes (4,6 por ciento).
“Muchas otras que pueden requerir asistencia paliativa son la insuficiencia renal, enfermedades hepáticas crónicas, esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson, artritis reumatoide, enfermedades neurológicas, demencia, anomalías congénitas y tuberculosis resistente a los medicamentos”, refiere el dictamen en la exposición de motivos.
La enfermedad terminal se manifiesta como un padecimiento avanzado, progresivo e incurable, sin respuesta a tratamiento específico, con síntomas multifactoriales y pronóstico de vida limitado, y es en este sentido, al no existir posibilidades de curación, que los cuidados paliativos son la mejor opción.
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