México: Sólo se podrán comercializar productos de cannabis para fines terapéuticos o científicos

Miércoles, 07/11/2018
El titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de México, Julio Sánchez Tépoz, dio a conocer algunos de los lineamientos en materia de control de la cannabis y derivados, en los cuales solo se autorizarán las investigaciones a aquellas instituciones o personas registradas en un Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis.
Xinhua

La comercialización de productos elaborados con marihuana, únicamente se realizarán con fines terapéuticos y científicos, anunció el titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios de México, Julio Sánchez Tépoz.

En rueda de prensa, el representante del organismo gubernamental dio a conocer algunos de los lineamientos en materia de control de la cannabis y derivados, en los cuales solo se autorizarán las investigaciones a aquellas instituciones o personas registradas en un Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis.

Este inventario registrará a personas físicas, instituciones privadas y públicas para que realicen actividades de investigación con fines médicos sobre esta hierba y sus derivados farmacológicos.

Para obtener esta autorización, Sánchez Tépoz dijo que para realizar la siembra, cultivo y cosecha, también se deberá contar con la opinión favorable del Comité de Moléculas Nuevas de la Cofepris.

También, se deberá presentar una solicitud formal ante la Secretaría de Salud de México.

Sánchez Tépoz precisó que los interesados deberán contar con licencia sanitaria para la fabricación de estupefacientes o psicotrópicos, certificado de buenas prácticas de fabricación y otros requisitos que determine la Secretaría de Salud.

Además, los pacientes que requieran de cannabis medicinal para tratar enfermedades como la epilepsia podrán afianzarse de la jurisprudencia que la Suprema Corte de México estableció el 31 de octubre para el consumo recreativo de marihuana.

También, aclaró que este derecho no es absoluto y que podría regularse el consumo de ciertas sustancias, pero las afectaciones que provoca a marihuana no justifican una prohibición absoluta a su consumo.

Por lo anterior, la Cofepris autorizará a los solicitantes de los amparos consumir personalmente marihuana, sin que eso les permita comercializar ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos.

En abril de 2017, la Cámara de Diputados de México aprobó el uso medicinal y científico de la marihuana.

Desde entonces, la Cofepris ha recibido más de 530 solicitudes para uso lúdico y personas, de las cuales 9 han sido autorizadas, en atención de mandatos del Poder Judicial, y 180 han sido desechadas.El resto de las solicitudes se encuentran en proceso de resolución.

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