Colombia: Consultan por los medicamentos que no debería financiar el Estado

Jueves, 02/03/2017

Minsalud invita a los ciudadanos del país a postular medicamentos, procedimientos, dispositivos y tratamientos que consideren que no deberían costearse con recursos públicos. La inscripción de los formatos habilitados para esta iniciativa podrán diligenciarse hasta el 31 de marzo.

El Espectador. A través de un procedimiento técnico-científico, el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia debe definir las tecnologías que no serán cubiertas por recursos públicos. Así lo dictó la Ley Estatutaria de Salud, que buscó elevar a la categoría de derecho dicho servicio. Entre las propuestas de esta normativa está la eliminación del POS y, por ende, la autonomía del Estado a definir los tratamientos que serán pagados por el mismo sistema o, por el contrario, adquiridos por las personas interesadas. Esto último es exclusivo para los servicios o tecnologías con fines cosméticos, aquellos que carezcan de efectividad, seguridad y eficacia, los que tuvieran que ser administrados en el exterior, no hubieran sido aprobadas por el Invima, o estuvieran en experimentación.

Así pues, para que los usuarios precisaran sus necesidades, la cartera designó los formatos respectivos para que los ciudadanos nominen los medicamentos, procedimientos, dispositivos, entre otros, que consideren no susceptibles de ser costeados con recursos públicos. La inscripción está disponible en la página web del Ministerio de Salud y Protección Social. El procedimiento comprende 4 fases, donde participarán todos los actores del sistema de salud hasta el 31 de marzo, fecha límite para la postulación.

La primera instrucción es ingresar al sitio web y visitar el enlace “Ley Estatutaria de Salud”, donde se desprenderán dos enlaces: “Participación ciudadana” (para registrarse) y “Mecanismos de exclusión” (para descargar los formatos). Asimismo, el usuario podrá encontrar en el portal un “formato de objeciones, observaciones o aportes a las nominaciones de tecnologías para posible exclusión”. Esto para uso de aquellos que no compartan las razones de una nominación o desean ampliar la información ingresada.

Después de diligenciarlos, los formatos deben ser enviados al Ministerio de Salud, en Bogotá (Carrera 13 # 32-76). En efecto, dicha entidad tiene el compromiso de publicar la información recibida frente a este proceso. Además de convocar a todos los actores dentro del sistema: personas, agremiaciones o asociaciones registradas.

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